Ojo con enviar información o invitaciones a personas a las que no se les ha recabado su autorización.
La Agencia Española de Protección de Datos a impuesto una multa de 1.500,00€ a la Agrupación Municipal de Granada del PSOE por enviar un correo electrónico a una persona invitándole a un evento denominado IV Foro Ciudadano, sin que ésta diera su consentimiento.
Los hechos datan de abril de 2011, cuando la Agencia recibió un escrito en el que una persona denunciaba que había recibido un correo electrónico del PSOE de Granada, sin haber dado autorización para recibir información, invitándole a participar en el IV Foro Ciudadano, denominado Las oportunidades de Granada.
La Agencia hace referencia a la sentencia de la Audiencia Nacional de 15 de enero de 2011, que establece que la dirección de correo electrónica de la que es titular una persona física, constituye una información que le concierne, que le afecta, y que forma parte del ámbito de su privacidad protegido por la Ley de Protección de Datos, siéndole plenamente aplicable su régimen jurídico.
Por lo que al no aportar el PSOE de Granada prueba documental suficiente que acreditara que contó con el consentimiento del denunciante para utilizar su correo electrónico, la Agencia Española de Protección de Datos decidió multar a la citada agrupación municipal.
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