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Es legal obligar al trabajador a llevar una placa con su nombre de pila

13/01/2014

Es legal que un empresario obligue a los trabajadores -en este caso, del sector servicios- a llevar una placa con su nombre de pila, sin que ello vulnere su derecho al honor, según recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

En el fallo, del que es ponente el magistrado Sanz Marcos, y con fecha de 10 de julio de 2013, se resuelve un recurso por el que los demandantes denunciaban la infracción del artículo 18 de la Constitución, en relación con el 38 de la misma norma, asegurando que "la empresa pretende utilizar como un reclamo comercial para su propio interés el hecho de posibilitar el acceso del cliente a la esfera personal del trabajador, sin contar con su consentimiento, cuando es así que no resulta necesario que los camareros lleven placa para el desempeño de sus funciones y tampoco para el mantenimiento de la fidelidad de un público por lo demás cautivo".

La sentencia, sin embargo, considera que esta práctica empresarial "se enmarca en el conjunto de políticas comerciales llevadas a cabo por los distintos sectores productivos, con la finalidad de fidelizar a los clientes y de mejorar la atención al público, siendo notorio la existencia de tales prácticas consistentes en priorizar la identificación del personal en contacto con el público, con el objeto de potenciar la humanización de la relación comercial".

Es más, la identificación sería "una garantía adicional para los consumidores, a fin de facilitar y poder verificar, en su caso, las reclamaciones oportunas, pues junto al número de identificación del vendedor aparece alguno de los datos personales relacionados que despejarían cualquier posible error en la identidad de quien ha intervenido de forma activa, y con la pertinente responsabilidad, en la operación de compraventa o servicio". Se trata, por tanto, de "supuesto de limitación y adecuada proporción a la finalidad que justifica la adopción de la medida".

Fuente: elEconomista.es  http://www.eleconomista.es/social/noticias/5450045/01/14/Es-legal-obligar-al-trabajador-a-llevar-una-placa-con-su-nombre.html#Kku8qLg0cuRwmYPW 

 

 

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