El pasado martes 6 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 304/2014, el 5 de mayo por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Con ello se da cumplimiento al mandato establecido en la Ley 10/2010 con algo más de 3 años de retraso, ya que en dicha norma legal se establecía un plazo de un año para su aprobación.
Tras tres años justos de retraso la normativa española completa el desarrollo legal derivado de la transposición de la tercera directiva europea 2005/60/CE. El retraso acumulado ha permitido incorporar a la normativa española las últimas novedades incorporadas por el GAFI a sus cuarenta recomendaciones en febrero de 2012. Estas novedades exigieron una modificación de la Ley en diciembre de 2013, realizada a través de la disposición adicional sexta de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Así, por tanto, el nuevo reglamento desarrolla las obligaciones derivadas de la Ley 10/2010 cumpliendo así la directiva europea y las recomendaciones del GAFI, siendo el primer país europeo en incorporar las mismas a la legislación vigente.
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