La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo regula las obligaciones, las actuaciones y los procedimientos para prevenir e impedir la utilización del sistema financiero, así como de otros sectores de actividad económica, sujetos obligados, para el blanqueo de capitales procedentes de cualquier tipo de participación en la comisión de un delito.
Como expertos externos ante el Servicio Ejecutivo en Prevención del Blanqueo de Capitales del Banco de España (SEPBLAC), les implantamos las medias obligatorias en cumplimiento de dicha Ley.
Para lo cual en nuestra consultoría a través de los siguientes enlaces, les explicamos nuestros servicios como las obligaciones de los sujetos obligados para el cumplimiento de dicha Ley: